Fijar la pensión de alimentos: ¿se valoran los gastos del que paga?

Abogado Civil

¿La cantidad de pensión de alimentos se debe pagar siempre según los ingresos que se tengan? ¿No se tienen en cuenta los gastos que puede tener el obligado a pagarla? La forma de fijar la pensión de alimentos en algunos casos es importante en el momento de elegir el régimen de custodia de los hijos.

Es una pregunta espinosa puesto que la respuesta no suele ser ni comprendida ni aceptada.

Fijar la pensión de alimentos

La pensión de alimentos como obligación derivada del progenitor hacia un hijo o hijos menores de edad viene establecida en función de la capacidad económica del mismo. Es decir de los ingresos teniéndose en cuenta en principio el gasto empleado por el propio progenitor en cubrir sus propias necesidades básicas de sustento consistentes en alojamiento, alimento, vestimenta etc…

Ahora bien, hay que especificar que en ningún momento la obligación de pensión de alimentos va a verse influida por la capacidad de endeudamiento del progenitor. Es decir, independiente de los créditos personales o hipotecarios que como adulto responsable haya adquirido. Eso supone que el progenitor que viene obligado al pago de la pensión de alimentos a un hijo o hijos menores no puede ampararse en la existencia de muchos gastos soportados para que se le reduzca la misma pensión de alimentos si su capacidad económica es elevada.

Determinar la cuantía de la pensión de alimentos

Otra cosa muy distinta sería si el progenitor obligado al pago de una pensión de alimentos viera mermada su capacidad económica ya fuera por un despido o por un cambio de trabajo con ingresos inferiores a los que se tuvieron en cuenta a la hora de estipularse una cierta cantidad en concepto de pensión de alimentos, o si bien la empresa fuera suya una disminución en el rendimiento de ésta con la consiguiente pérdida de beneficios o disminución de ingresos.

Para ello, el progenitor que venga obligado al pago de una cantidad en concepto de pensión de alimentos que pueda acreditar el cambio de circunstancias que le haga imposible el pago de la misma en la cantidad estipulada en su momento podrá acudir al procedimiento de modificación de medidas para solicitar se le reduzca la cuantía de la misma pensión de alimentos.

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